Hoy (07/07/2011) hemos pasado el rubicón en la aprobación de las nuevas
tasas para el servicio de aguas (agua potable y alcantarillado). Se ha publicado en el BOC nº 25 las
aprobaciones iniciales de la modificación de las tasas da agua potable y alcantarillado,
que aprobaron en el Pleno ordinario del pasado 27/01/2011.
Nos estamos preguntando ¿qué pasó con las que aprobaron el 29 de julio de
2010? Todavía no lo sabemos, esta misma mañana iremos a verlo al Ayuntamiento
ya que están en período de exposición pública. Veremos si han aprobado las
mismas rebajas que ya habían aprobado en julio o, por el contrario son
diferentes. Y trataremos de averiguar si los cambios que nos tememos han sido
debidos al recurso que planteó ASCAN sin haberse abierto este periodo de
exposición pública y presentación de alegaciones. A fin de cuentas es lo que
nos tememos. No es nuestro temor, ni más ni menos, que entre el Ayuntamiento y
ASCAN hayan llegado a unos acuerdos que nos sigan perjudicando, en los que se
mantengan los 45 m³
o se reduzcan estos a 30 m³ ,
como mantiene dicha empresa en Castro y otros lugares.
Esto son
conjeturas que trataremos de desvelar a la vista de los documentos. Veremos si
esta vez, pidiéndolos por vía telemática, resuelven en siete días, como dice la
plataforma de trámites telemáticos. De cualquier manera, se mantengan 45 ó 30,
todos sabemos que facturar en plan forfait, no lo permite la Ley de defensa de
los consumidores y usuarios. Y que se ha de facturar conforme a consumos reales
lo saben perfectamente ASCAN y el Ayuntamiento. Sobre todo este último a quien
además de decírselo nosotros, se lo dicen las normas, normas que han de cumplir
y hacer cumplir a ASCAN. No está demás recordarles a nuestros munícipes el Art.
9.1 de la Constitución que recita textualmente: “Los
ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto
del ordenamiento jurídico”.
Y que decir tiene que parte
del ordenamiento
jurídico es el Real Decreto Legislativo 1/2007, Texto
refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y
otras leyes complementarias, que en su Art. 49.1.e, dice textualmente que “Son infracciones en materia de defensa de
los consumidores y usuarios:
“El incumplimiento
de las normas reguladoras de precios, la imposición injustificada de
condiciones sobre prestaciones no solicitadas o cantidades mínimas o cualquier
otro tipo de intervención o actuación ilícita que suponga un incremento de los
precios o márgenes comerciales”
Todos sabemos que, por lo pronto ASCAN, nos viene cobrando
desde 2007, 2 céntimos de € en agua potable y 1 céntimo de € en alcantarillado,
por encima de lo marcado en las Ordenanzas Fiscales en vigor al día de hoy (BOC
nº 33 de 17 de febrero de 2005). Y el Ayuntamiento, en ningún caso ha obligado
a la empresa a rectificar, a pesar de habérselo solicitado en múltiples
ocasiones.
Todos sabemos
que, por lo pronto ASCAN y el Ayuntamiento, siguen aplicando cantidades mínimas de facturación desde
la aprobación de la LEY 44/2006, de 29 de diciembre, de
mejora de la protección de los consumidores y usuarios (BOE 312, de 29 de diciembre), sin
haber modificado la ilegalidad de los 45 m³ que a ASCAN le supone un incremento
ilícito de los márgenes comerciales.
Veremos si esta
nueva aprobación de las tasas es idéntica a la de julio o nos han vuelto a
chulear desde el Ayuntamiento. De momento solicitamos ya mismo la documentación
pertinente. Esto es, el Acta del Pleno de 29/07/2010; el Acta del Pleno de
27/01/2011; El recurso presentado por ASCAN al Pleno de julio y los informes técnicos,
administrativos, económicos para la modificación de las OOFF sobre el agua.
Un saludo y corred la voz.
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