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lunes, 7 de febrero de 2011


Hoy (07/07/2011) hemos pasado el rubicón en la aprobación de las nuevas tasas para el servicio de aguas (agua potable y alcantarillado).  Se ha publicado en el BOC nº 25 las aprobaciones iniciales de la modificación de las tasas da agua potable y alcantarillado, que aprobaron en el Pleno ordinario del pasado 27/01/2011.

Nos estamos preguntando ¿qué pasó con las que aprobaron el 29 de julio de 2010? Todavía no lo sabemos, esta misma mañana iremos a verlo al Ayuntamiento ya que están en período de exposición pública. Veremos si han aprobado las mismas rebajas que ya habían aprobado en julio o, por el contrario son diferentes. Y trataremos de averiguar si los cambios que nos tememos han sido debidos al recurso que planteó ASCAN sin haberse abierto este periodo de exposición pública y presentación de alegaciones. A fin de cuentas es lo que nos tememos. No es nuestro temor, ni más ni menos, que entre el Ayuntamiento y ASCAN hayan llegado a unos acuerdos que nos sigan perjudicando, en los que se mantengan los 45 m³ o se reduzcan estos a 30 m³, como mantiene dicha empresa en Castro y otros lugares.


Esto son conjeturas que trataremos de desvelar a la vista de los documentos. Veremos si esta vez, pidiéndolos por vía telemática, resuelven en siete días, como dice la plataforma de trámites telemáticos. De cualquier manera, se mantengan 45 ó 30, todos sabemos que facturar en plan forfait, no lo permite la Ley de defensa de los consumidores y usuarios. Y que se ha de facturar conforme a consumos reales lo saben perfectamente ASCAN y el Ayuntamiento. Sobre todo este último a quien además de decírselo nosotros, se lo dicen las normas, normas que han de cumplir y hacer cumplir a ASCAN. No está demás recordarles a nuestros munícipes el Art. 9.1 de la Constitución que recita textualmente: “Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico”.

Y que decir tiene que parte del ordenamiento jurídico es el Real Decreto Legislativo 1/2007, Texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, que en su Art. 49.1.e, dice textualmente que “Son infracciones en materia de defensa de los consumidores y usuarios:
El incumplimiento de las normas reguladoras de precios, la imposición injustificada de condiciones sobre prestaciones no solicitadas o cantidades mínimas o cualquier otro tipo de intervención o actuación ilícita que suponga un incremento de los precios o márgenes comerciales

Todos sabemos que, por lo pronto ASCAN, nos viene cobrando desde 2007, 2 céntimos de € en agua potable y 1 céntimo de € en alcantarillado, por encima de lo marcado en las Ordenanzas Fiscales en vigor al día de hoy (BOC nº 33 de 17 de febrero de 2005). Y el Ayuntamiento, en ningún caso ha obligado a la empresa a rectificar, a pesar de habérselo solicitado en múltiples ocasiones.

Todos sabemos que, por lo pronto ASCAN y el Ayuntamiento, siguen aplicando cantidades mínimas de facturación desde la aprobación de la LEY 44/2006, de 29 de diciembre, de mejora de la protección de los consumidores y usuarios (BOE 312, de 29 de diciembre), sin haber modificado la ilegalidad de los 45 m³ que a ASCAN le supone un incremento ilícito de los márgenes comerciales.

Veremos si esta nueva aprobación de las tasas es idéntica a la de julio o nos han vuelto a chulear desde el Ayuntamiento. De momento solicitamos ya mismo la documentación pertinente. Esto es, el Acta del Pleno de 29/07/2010; el Acta del Pleno de 27/01/2011; El recurso presentado por ASCAN al Pleno de julio y los informes técnicos, administrativos, económicos para la modificación de las OOFF sobre el agua.

Un saludo y corred la voz.

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