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viernes, 11 de diciembre de 2020

CRÍTICA AL PROYECTO DE ORDENANZA FISCAL

 

Hay quien cree que hacer una crítica a un proyecto es hablar mal de quien lo propone, nada más lejos de la intención de esta asociación, su junta directiva y sus afiliados. Es más, estamos seguros que la alcadesa tiene una buena intención, aunque haya tenido que retirar los proyectos de Reglamento y Ordenanza. Pensamos que ha sido lo mejor que podía hacer. Entendemos que antes de nada tenía, y sigue teniendo, que presentarla con tiempo a todos los posibles interesados; esto es, al resto de grupos políticos (ya lo ha hecho), a la asociación de ganaderos, a la asociación de consorciantes (si es que todavía existe) y, por supuesto, a esta asociación de vecinos. Nosotros nos damos ya por enterados, pues tenemos el contenido de esos documentos: Reglamento, Ordenanza e Informe técnico económico.

No sabemos que piensan las otras asociaciones y grupos políticos, pero nosotros estamos muy dispuestos a colaborar y aportar lo poco o mucho que sabemos. En nuestra crítica a la ordenanza vamos a plantear también otras posibilidades, que las hay; tanto en su redacción como en su contenido. Aportando soluciones al problema del reparto de cargas y de los beneficios, sin que por ello tengan que desnaturalizarse los intereses generales ni perjudicar innecesariamente a los diferentes intereses particulares.

Por eso mismo nos hemos tomado la molestia de comparar las tasas vigentes con las tasas propuestas en el proyecto de modificación de la ordenanza, y cual hubiera sido el resultado económico en los ejercicios 2018, 2019 y 2020. Sobre los ejemplos reales es como se ven las cosas.

Lo que excede de la medida legal, curiosamente, sería ilegal y por lo tanto punible y recuperable. Sin embargo, en nuestro pueblo ni se sanciona ni se recupera. Mucho nos tememos, además, que visto el descontrol administrativo, ni siquiera se aplica, en algunos casos, tal carga tributaria.

Muy pocos consorciantes sobrepasan los límites de 4 Has. de arbolado y muchos menos, por no decir ninguno, se extralimitan con mas de 6 Has. de pradería. Seguimos temiendo que este apartado del canon, no se aplica con el mínimo rigor.

En cualquier caso, los rendimientos por el canon, obtenidos en 2018, eran de 26.756,78 €; para 2019 debieran ser lo mismo y por supuesto para 2020; ya que el canon sigue siendo inamovible desde 2001. Pero sabemos, porque hemos contado uno a uno los consorcios, las superficies y los excesos previstos en la ordenanza, que los ingresos por el canon tienen que ser de 35.680,09 €, aunque en 2017 (queda fuera de nuestro estudio) se alcanzaran los 36.485,30 €.

Con la propuesta del proyecto de modificación de la ordenanza (ya retirado) el planteamiento sería este:



Donde parcelas del ayto, son los actuales consorcios y concesiones, sería la legalización de lo ilegalmente cogido. Los pastizales no se puede considerar canon, ya que es una tasa por utilización o previo y excluido al rendimiento ganadero.

El canon propiamente dicho, daría una recaudación de 76.907,84 €

Veamos entonces como quedarían los tres últimos ejercicios con el canon y el resto de ingresos posibles.






Ya ven que el resultado, de aplicarse el retirado canon y tasas nuevas, sería una debacle, para las arcas municipales. Sin embargo hemos podido escuchar, leer más bien, que cierto grupo político municipal se quejaba del perjuicio que se iba a ocasionar al sector primario. Más bien parece todo lo contrario, ya que el perjuicio evidente lo sufrirían las ya de por sí mermadas arcas municipales.

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